La Convención de las Naciones Unidas
sobre los Derechos del Niño (CDN)


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El 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por unanimidad la Convención sobre los Derechos del Niño (“CDN”). Se trata del primer tratado universal y multilateral que, en términos generales, estableció el reconocimiento internacional de los derechos del niño,  niña y adolescentes como sujetos activos de derechos, y no como meros objetos pasivos de un derecho a ser protegidos. La Convención fue firmada por el Perú el 26 de enero de 1990 y ratificada el 4 de Septiembre del mismo año.



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La Convención sobre los Derechos del Niño  reconoce tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales de la población infantil. La Convención establece un conjunto de estándares mínimos universales a los que tienen derecho todos los niños, niñas y adolescentes. Aunque la Convención omite la palabra “niña” esto no significa que el tratado sea neutral en el género. Más bien, se trata de es un instrumento muy poderoso diseñado para combatir la discriminación en contra de la niña y la adolescente. Todos los derechos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño se extienden a todos los niños y niñas menores de 18 años, tal como indica el artículo 1 de la Convención al establecer que: “para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad (…)”.





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La Convención sobre los Derechos del Niño:

  • Reconoce a todos los niños y niñas como sujetos de derechos e insiste en el respeto de los niños y niñas como actores en el ejercicio de sus derechos, y participantes en todos los asuntos que les afectan.


  • Cuestiona la percepción  y estatus tradicionales de los niños y niñas como individuos de menor valía que los adultos.


  • Provee las herramientas  con las que se puede analizar la situación de los niños y niñas, y las normas ante las cuales la ley, la política  y la práctica deben ser medidas.


  • Establece un cuerpo internacional para el monitoreo de la implementación, es decir, el Comité sobre los Derechos del Niño.


  • Insiste en la igualdad de derechos para todos los niños y niñas; y


  • Posibilita que las acciones o inacción de los gobiernos con respecto de sus niños y niñas sean escrutadas públicamente dentro de la comunidad internacional.


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