Derechos de las Niñas
Las niñas son particularmente vulnerables a las violaciones de ciertos derechos humanos, y por lo tanto requieren de protecciones adicionales. Los derechos humanos de la niñez y la niña se hallan explícitamente establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, así como en otros documentos de derechos humanos.
Los niños en muchos países en desarrollo enfrentan una serie de dificultades, pero para las niñas con frecuencia es más difícil aún, pues tienen que hacer frente a un mayor rango de prejuicios sociales y culturales que les niegan sus derechos y ahogan su habilidad para participar en la sociedad en igualdad de condiciones. Las niñas son sometidas a múltiples formas de opresión, explotación y discriminación únicamente debido a su género. Las niñas con discapacidades, y las niñas sin hogar, desplazadas o de una minoría étnica o racial, son particularmente vulnerables.
Los derechos humanos de la niñez y la niña incluyen a los siguientes derechos humanos indivisibles, interdependientes e interrelacionados:
- El derecho humano a ser libre de la discriminación basada en el género, edad, raza, color, idioma, religión, etnicidad, o cualquier otro estatus, o en el estatus de los padres del niño/niña.
- El derecho humano a un estándar de vida adecuado para el desarrollo intelectual, físico, moral, y espiritual del niño/niña.
- El derecho humano a un medio ambiente saludable y seguro.
- El derecho humano al estándar más alto posible de salud y al acceso igualitario a la atención de salud.
- El derecho humano al acceso igualitario a los alimentos y la nutrición.
- El derecho humano a la vida y a ser libre de la selección prenatal basada en el sexo.
- El derecho humano a ser libre de las prácticas culturales, tradiciones y costumbres dañinas para el niño/niña, incluyendo la mutilación genital femenina.
- El derecho humano a la educación -a la educación elemental gratuita y obligatoria, al acceso igualitario a formas fácilmente disponibles de educación secundaria y superior, y a ser libres de todo tipo de discriminación en todos los niveles de la educación.
- El derecho humano a la información acerca de la salud, la sexualidad y la reproducción.
- El derecho humano a la protección contra todo abuso físico o mental.
- El derecho humano a la protección contra la explotación económica y sexual, prostitución, y tráfico.
- El derecho humano a ser libre del matrimonio forzado o temprano.
- El derecho humano a tener iguales derechos a la herencia.
- El derecho humano a expresar una opinión acerca de los planes o las decisiones que afecten a la vida del niño/niña.
En mayor detalle:
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado sensible al género, de manera que sus estipulaciones son aplicadas dinámicamente para fortalecer las libertades de las niñas sin crear estereotipos o marginar al otro género. En el artículo 2 (descrito como uno de los cuatro principios generales de la Convención), la Convención prohíbe de manera enérgica la discriminación por sexo e implica que las niñas al igual que los niños deben disfrutar, en igualdad y en su totalidad, de todos los derechos estipulados en la Convención.
Por su parte, el Comité de los Derechos del Niño (institución encargada de evaluar la implementación de la Convención por los respectivos Estados) hace énfasis en el hecho de que la Convención sobre los Derechos del Niño es el marco de trabajo más ampliamente aceptado para la acción en favor de los derechos fundamentales de las niñas. Por lo tanto la comunidad internacional debe usar las provisiones de la Convención como una agenda para la acción para identificar las formas persistentes de inequidad y discriminación en contra de la niña, para abolir prácticas y tradiciones que van en detrimento del disfrute de sus derechos y para definir una estrategia real y con visión a futuro para promover y proteger esos derechos. Asimismo, es importante reconocer la naturaleza complementaria y mutuamente reforzadora de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de la Mujer.
El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que se formule una estrategia integral y que esta se implemente de manera efectiva para crear conciencia y comprensión acerca de los principios y provisiones de la Convención; emprender programas educativos para erradicar todas las formas de discriminación en contra de la niña; y fomentar la participación de todos los segmentos de la sociedad, incluyendo las organizaciones no gubernamentales. Además, el Comité ha sugerido que los líderes costumbristas, religiosos y comunitarios sean sistemáticamente involucrados en los pasos tomados para vencer las influencias negativas que determinadas tradiciones y costumbres tienen sobre las niñas.
La historia ha demostrado claramente que para poder romper el ciclo de tradiciones y prejuicios dañinos para la mujer, ha sido esencial enfocarse en la niña. Únicamente a través de una estrategia integral para promover y proteger los derechos de las niñas, empezando con la generación más joven, será posible construir un enfoque compartido y duradero y un amplio movimiento de apoyo y toma de conciencia que apunte a promover la autoestima de las mujeres y a permitir la adquisición de habilidades que las preparen para participar activamente en las decisiones y las actividades que les afectan. Tal enfoque debe basarse en el reconocimiento de los derechos humanos como una realidad universal e incuestionable, libre de los prejuicios de género.
Iniciativa Fiscolares 2.0 – Elaborado por Miguel Angel Cordero Echenique
Iniciativa Fiscolares 2.0 – Elaborado por Miguel Angel Cordero Echenique